El transporte de mercancías peligrosas en contenedor es una operación de alto riesgo operativo y regulatorio. Un error de clasificación, etiquetado o documentación puede derivar en rechazos en terminal, bloqueos aduaneros, sanciones y, en escenarios críticos, incidentes con impacto humano y ambiental.
Esta guía resume lo esencial para operar con seguridad y cumplimiento, con normativa actualizada a 2026.
Resumen en 30 segundos (respuesta rápida):
- Por mar: rige el IMDG Code; en 2025 se usa voluntariamente la Edición 2024 (Enmienda 42-24) y será obligatoria desde 1 enero 2026. International Maritime Organization+1
- Por carretera en Europa: aplica ADR 2025 (con periodo transitorio habitual hasta 30 junio 2025). UNECE+1
- En España (puertos): además de IMDG/ADR, se aplican normas nacionales y procedimientos por Autoridad Portuaria (p. ej., referencia frecuente al RD 145/1989 y normativa interna del puerto).
Aviso importante: Este contenido es informativo y no sustituye la asesoría de un DGSA/asesor de mercancías peligrosas, la verificación de la naviera/terminal ni la normativa vigente aplicable a tu caso concreto. Las exigencias pueden variar por puerto, operador y ruta.
¿Qué se considera mercancía peligrosa?
Se considera mercancía peligrosa toda sustancia u objeto que, por sus propiedades físico-químicas, pueda representar un riesgo para la salud, la seguridad, los bienes o el medioambiente durante el transporte.
La clasificación más utilizada internacionalmente se organiza en 9 clases (explosivos, gases, líquidos inflamables, sólidos inflamables, oxidantes/peróxidos, tóxicos/infecciosos, radiactivos, corrosivos y misceláneos). En el borrador ya estaba correctamente enumerado el esquema por clases.
Lo crítico no es solo “la clase”, sino la identificación completa:
- Marcas adicionales (por ejemplo, contaminante marino cuando corresponda)
- Número ONU (UN Number)
- Nombre de expedición correcto (PSN)
- Clase y riesgos subsidiarios
- Grupo de embalaje (cuando aplique)
Normativa aplicable (2026): IMDG + ADR + exigencias portuarias
1) IMDG Code (marítimo)
El International Maritime Dangerous Goods Code es el marco obligatorio para el transporte marítimo de mercancías peligrosas. Para 2025–2026, la referencia clave es la Edición 2024 (Enmienda 42-24): puede usarse voluntariamente desde el 1/1/2025 y entra obligatoriamente el 1/1/2026.
Implicación práctica: muchas operaciones admiten 41-22 o 42-24, pero navieras/terminales pueden exigir la edición nueva antes según su política de aceptación.
2) ADR 2025 (carretera en Europa)
Si el contenedor se mueve por carretera (fábrica → depósito → terminal), se debe cumplir ADR. En 2025, aplica ADR 2025, con un periodo transitorio habitual hasta el 30/06/2025 para agotar ajustes del ciclo anterior.
3) España: marco nacional y normas del puerto
Además de IMDG/ADR, en España intervienen normas nacionales y procedimientos específicos por puerto (rutas internas, tiempos máximos, condiciones de almacenamiento, etc.). En la práctica, se suele referenciar el Real Decreto 145/1989 para mercancías peligrosas en puertos, y cada Autoridad Portuaria publica sus instrucciones.

¿Qué contenedor se utiliza para mercancías peligrosas?
La elección del “equipo” depende del tipo de mercancía, su modo de transporte y las instrucciones IMDG/ADR (embalaje, segregación, temperatura, ventilación, etc.). En términos operativos:
- Contenedor Dry (estándar)
Apto para un gran número de DG en bultos (p. ej., pinturas, aerosoles, químicos en envases homologados), siempre que el contenedor esté en buen estado, limpio, estanco y con placa/condición adecuada (CSC vigente cuando corresponda). - Contenedor ventilado / soluciones de ventilación controlada
Se utiliza cuando el producto y su embalaje requieren minimizar acumulación de vapores (siempre bajo criterio técnico y requisitos aplicables). - Reefer (temperatura controlada)
Para mercancías que exigen rango térmico específico o estabilidad por seguridad/calidad. Importante: el uso de reefer para DG requiere un enfoque técnico (setpoints, alarmas, energía en terminal, etc.) y validación por operador. - ISO Tank / equipos cisterna
Cuando se trata de líquidos a granel o ciertos químicos, el equipo suele ser tanque ISO (u otro equipo especializado), con requisitos específicos por sustancia, clase y provisiones aplicables.

Requisitos clave que debes cumplir (sin excepciones)
1) Clasificación correcta (el punto más crítico)
La clasificación DG es la base de todo: determina embalaje, segregación, marcado, documentación y aceptación por naviera/terminal.
Errores típicos:
- UN Number incorrecto
- PSN incorrecto
- Falta de riesgo subsidiario
- Grupo de embalaje mal asignado
2) Embalaje y compatibilidad
Debes utilizar embalajes autorizados para esa mercancía y asegurar compatibilidad entre bultos, paletización, sujeción y estiba. Para DG, la “improvisación” es la causa más común de rechazo.
3) Etiquetado y señalización (placards)
El contenedor debe llevar la señalización exigida (placards, marcas adicionales, UN Number cuando aplique, orientación, etc.). Deben estar:
- Colocados correctamente
- Legibles y sin desgaste
- Consistentes con la documentación
4) Documentación mínima habitual
Según el tipo de mercancía y tramo, normalmente se requiere:
- Declaración de mercancías peligrosas (DGD / multimodal, según aplique)
- Certificado/Declaración de embalaje de la unidad (CTU Packing Certificate) cuando corresponda
- SDS/MSDS actualizada
- Instrucciones del expedidor / Shipping instructions
- Documentación comercial (factura, packing list, etc.) cuando corresponda al flujo
5) Estiba, sujeción y segregación
La mercancía debe viajar estibada y sujeta para evitar movimientos. Además, deben respetarse reglas de segregación por incompatibilidades (por clase y condiciones específicas) definidas por la normativa y el operador.

Checklist operativo: paso a paso
Antes de la carga (preparación)
- Verificar clasificación DG completa (UN/PSN/clase/riesgos/grupo)
- Confirmar aceptación de naviera/terminal (algunos productos requieren pre-aprobación)
- Seleccionar contenedor adecuado y hacer inspección: piso, puertas, estanquidad, limpieza, ausencia de residuos/olores
- Preparar documentación base (DGD, CTU Packing si aplica, SDS)
Durante la carga
- Usar embalajes correctos y paletizar/sujetar adecuadamente
- Respetar segregación (si hay distintas mercancías)
- Verificar peso y distribución de carga
- Registrar evidencia interna (fotos del interior + sujeción + bultos)
Al cierre del contenedor (antes del gate-in)
- Colocar señalización completa (placards, marcas y UN si aplica)
- Revisar consistencia documentación ↔ señalización ↔ mercancía
- Precintar y registrar número de precinto
- Confirmar ventana, cita y requisitos del puerto/terminal
Errores comunes que generan rechazos (y cómo evitarlos)
- Clasificación incorrecta → validación técnica previa y revisión por DGSA
- Falta de señalización o placards incorrectos → checklist final antes de gate-in
- CTU Packing Certificate ausente o incompleto → estandarizar plantilla interna
- Sujeción deficiente → inspección física + evidencia fotográfica
- Documentación que no coincide con el contenido → doble control (operaciones + calidad)
Preguntas frecuentes
Se cumple ADR en carretera e IMDG en el tramo marítimo, además de procedimientos del puerto/terminal.
Sí, para DG en bultos es común, siempre que el contenedor esté en estado apto, limpio y estanco, y que se cumplan embalaje, estiba, señalización y documentación.
Puede implicar reetiquetado, corrección documental, reembalaje o retirada, con costes logísticos y demoras. Por eso el control pre-gate-in es crítico.
Como mínimo, la declaración DG (DGD/multimodal), SDS y, cuando aplica, el CTU Packing Certificate, además de documentación comercial.
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En SILVERSEA Containers podemos orientarte en la selección y compra o alquiler del equipo (dry, reefer u opciones especiales), la coordinación operativa y el checklist de cumplimiento según tu ruta y puerto.
Para darte una guía más precisa, prepara estos datos:
Modalidad (solo mar / carretera + mar)
- UN Number y PSN
- Clase/riesgos subsidiarios y grupo de embalaje
- Tipo de embalaje y cantidad
- Puerto de salida y destino


